Becas
BECA DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Becas para la realización de estudios universitarios de 1º, 2º Ciclo, Grado y Máster Oficial en universidades públicas de la Comunidad Valenciana, cuya concesión dependerá del cumplimiento de los requisitos económicos, patrimoniales y académicos establecidos en la convocatoria, y que tendrá como cuantía máxima el importe correspondiente a las tasas por servicios académicos
Para poder optar a esta beca hay que acreditar residencia administrativa en cualquier municipio de la Comunidad Valenciana.
MUY IMPORTANTE: En esta misma página se encuentra la normativa reguladora de esta convocatoria. La información que facilitamos a continuación es un extracto de las bases de la correspondiente convocatoria y, por tanto, pudiera existir alguna omisión que resulte de interés para el caso concreto del/de la solicitante.
ORDEN 8/2011 de 3 de agosto de 2011, de la Conselleria de Educación (DOGV nº 6603 / 07/09/2011), por la que se convocan becas para la realización de estudios universitarios durante el curso académico 2011/2012 en las universidades de la Comunidad Valenciana.
Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el sistema de becas y otras ayudas al estudio personalizadas.
Los solicitantes de beca que cursen estudios de GRADO y estudios de PRIMER Y SEGUNDO CICLO deberán estar matriculados en un número mínimo de créditos, así como no haber suspendido en el curso anterior más del 45% de los créditos matriculados en el caso de enseñanzas técnicas ( Ingenierías y Arquitecturas) y del 25% en las demás enseñanzas universitarias. Número mínimo de créditos curso 2011-12 para Grado, 1º y 2º ciclo (para ampliar información consultar la convocatoria).
Los solicitantes de beca que cursen primer curso de un MASTER OFICIAL deberán haber obtenido una nota media de 6,00 puntos en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso a los mismos; la nota media de los estudios de enseñanzas técnicas se multiplicará por el coeficiente 1,17. Y matricularse de un mínimo de 60 créditos.
En los casos en que el número de créditos a superar para la obtención del título oficial de Máster sea superior a 60, la continuación de la condición de becario en un segundo año exigirá haber superado todos los créditos de que se hubiera matriculado en el primer año y quedar matriculado en todos los créditos que resten para obtener la titulación (para ampliar información consultar la convocatoria).
Quienes opten por la matrícula parcial deben matricularse al menos de 30 créditos que deberán aprobar en su totalidad para poder optar a beca el siguiente curso.
La beca de matrícula no cubrirá el importe de los créditos que se matriculen por cuarta o sucesivas veces en el caso de las ramas de arquitectura e ingeniería, ni las terceras y sucesivas matrículas en el caso del resto de estudios.
Los alumnos que soliciten beca de Generalitat, deberán cumplimentar el modelo de solicitud que aparece en las direcciones de internet que se indican a continuación:
http://.edu.gva.es/univ/es/ayudas_y_becas.html
Junto con el impreso deberán adjuntar la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de que concurre en el solicitante alguna de las circunstancias que dan derecho a deducciones en la renta familiar (Familia Numerosa, certificados de minusvalía, Hermanos universitarios estudiando fuera ....).
- En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, se entenderá no probada la independencia, por lo que para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia.
Los alumnos extranjeros deben adjuntar:
- Los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar su condición de residentes (N.I.E. con registro de residencia), quedando excluidos de concurrir a estas becas quienes se encuentren en situación de estancia.
- Si los ingresos proceden de un país extranjero, certificación de los mismos por el órgano competente.
- Cumplir los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 4 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre (puedes consultarlo en ésta misma página en el apartado legislación). A estos efectos, el requisito del trabajo en España se aplicará tanto al alumnado comunitario como no comunitario y se referirá al ejercicio de 2010.
El plazo legal establecido para la presentación de la solicitud de beca finalizará el 31 de octubre de 2011. Se recomienda la presentación antes del día 14 de octubre, para poder solicitar al mismo tiempo la beca del Ministerio de Educación y Exención de Tasas de la Universidad de Alicante, en su caso. La solicitud de beca se presentará en la Unidad de Becas.
Podrán presentarse solicitudes de beca después del 31 de octubre en los casos siguientes:
- En caso de que el plazo de matrícula sea posterior al 31 de octubre (deberá justificarse) siempre que la solicitud de beca se presente el mismo día en que se formalice la matrícula.
- En caso de fallecimiento o jubilación forzosa (no por cumplir la edad reglamentaria) del sustentador principal de la familia ocurridos después de finalizado del plazo de presentación.
- En caso de estudiantes cuya situación económica se viera gravemente afectada por causa justificada.
- Podrán presentarse solicitudes de beca para la realización del Proyecto de fin de carrera durante el mes siguiente a la fecha de formalización de la matrícula, y en todo caso, antes del 14 de marzo de 2011 (sólo alumnos de Ingeniería Técnica de Obras Públicas).
El alumno podrá consultar el estado de tramitación de su beca en la página web de la Generalitat Valenciana http://www.edu.gva.es .
Curso 2010-2011
- Se ha publicado la resolución provisional (DOCV de 5 de octubre de 2011) del listado de beneficiarios y solicitudes denegadas de becas del curso 2010-2011.
Reclamaciones
Contra la publicación de las relaciones provisionales de concesiones y denegaciones se podrán presentar alegaciones del 6 al 18 de octubre de 2011, ambos incluidos.
Las alegaciones irán dirigidas al Director General de Universidad y Estudios Superiores.
- Lugar de presentación: Registro General de la Universidad.
- Impreso de Alegación .
Reclamaciones
Contra la publicación de la relación definitiva se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el DOGV o bien interponer el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Las Solicitudes de Reclamación, se presentarán en el Registro General de la Universidad, pudiendo utilizar el impreso normalizado que se encuentra disponible en el propio registro.

